Directivas (UE) 2022/2464 y 2024/1760
CSRD y CSDDD
Resumen de Listrar
Dos directivas que convierten las afirmaciones sobre la cadena de suministro en datos auditados. La CSRD obliga a las grandes empresas a informar sobre sostenibilidad conforme a las normas ESRS, con verificación de auditor — los primeros informes, referidos a 2024, se publicaron en 2025. La CSDDD va más allá: un deber de detectar y corregir realmente los daños a los derechos humanos y al medio ambiente en toda la cadena de actividades. Ambas están en movimiento — el paquete «ómnibus» de 2025 retrasó las últimas oleadas de información y llevó la transposición de la CSDDD a 2027, y la negociación sobre el ámbito sigue abierta. Lo que no ha cambiado: quienes informan necesitan pruebas a nivel de producto y de proveedor, y se las piden a sus proveedores.
¿A quién se aplica?
- Grandes empresas de la UE que cumplan dos de tres umbrales: 250 empleados, 50 M€ de facturación, 25 M€ de balance (lógica de oleadas de la CSRD)
- Pymes cotizadas, en una oleada posterior y aligerada
- Grupos de fuera de la UE con facturación significativa en la UE, desde el ejercicio 2028
- CSDDD: empresas de más de 1.000 empleados y 450 M€ de facturación mundial, sean o no de la UE
- Indirectamente: todo proveedor de las anteriores, mediante solicitudes de datos que descienden por la cadena
Principales obligaciones
- Informar conforme a las ESRS sobre medio ambiente, aspectos sociales y gobernanza, con doble materialidad
- Obtener una verificación limitada de los datos publicados, avanzando hacia una verificación razonable
- Etiquetar digitalmente el informe (ESEF/XBRL) para que sea legible por máquinas
- CSDDD: identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas de los impactos adversos en su cadena de actividades
- CSDDD: adoptar un plan de transición climática compatible con 1,5 °C
Fechas clave
- 5 de enero de 2023
- CSRD en vigor
- 2025
- Se publican los primeros informes CSRD, referidos al ejercicio 2024
- Abril de 2025
- La directiva «stop-the-clock» retrasa dos años las oleadas 2 y 3; continúan las conversaciones ómnibus sobre el ámbito
- 25 de julio de 2024
- CSDDD en vigor
- 26 de julio de 2027
- Plazo de transposición de la CSDDD (tras el ómnibus); primera aplicación a las mayores empresas desde 2028
Productos incluidos
- Sin ámbito de producto — estas directivas obligan a empresas, no a bienes
- Pero los datos tienen forma de producto: emisiones, materiales, origen y condiciones laborales se agregan a partir de registros exactamente como en un registro de productos
Obligaciones por actor
- Empresa que informa
- Publicar datos ESRS verificados; aplicar la diligencia debida; responder por la cadena, no solo por la puerta de la fábrica
- Proveedor
- Facilitar las pruebas aguas arriba — origen, emisiones, auditorías — que quien informa no puede inventar
- Auditor
- Verificar el informe; rastrear las afirmaciones hasta los registros
- Agencia / asesor
- Articular flujos de pruebas de varios clientes sin volver a teclear datos
Documentos y pruebas que conservar
- Atestaciones a nivel de proveedor con periodos de validez, no PDF anuales
- Datos de emisiones y materiales trazables hasta los registros de origen
- Mapas de riesgo de la diligencia debida y el rastro de las medidas correctoras
- La trazabilidad de cada dato — la verificación ESRS pregunta de dónde salen las cifras
Sanciones y riesgos
- CSRD: regímenes sancionadores nacionales por información ausente o falsa, además de la denegación del auditor
- CSDDD: multas de supervisión con un techo de al menos el 5 % de la facturación neta mundial
- CSDDD: responsabilidad civil por los daños causados por una diligencia debida fallida, según la transposición
- Comercialmente inmediato: los grandes clientes prescinden de los proveedores que no pueden alimentar su información
Artículos clave
Texto oficial
Última verificación por Listrar: 14 de agosto de 2026
Esté en el registro desde el lanzamiento.
Solicitar una demostración en el lanzamiento← Volver al registro