Reglamento (UE) 2023/1542

El Reglamento de baterías de la UE

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Resumen de Listrar

Las baterías obtuvieron su pasaporte antes que nadie. Desde febrero de 2027, toda batería de vehículo eléctrico, toda batería industrial de más de 2 kWh y toda batería de medios de transporte ligeros introducida en el mercado de la UE deberá llevar su propio pasaporte digital — único para cada batería individual, con código QR, resoluble. El reglamento impone además declaraciones de huella de carbono, mínimos de contenido reciclado y un deber de diligencia debida en la cadena de suministro, aplazado al 18 de agosto de 2027 por el Reglamento (UE) 2025/1561. Es el prototipo funcional de todo lo que el ESPR generaliza.

¿A quién se aplica?

Principales obligaciones

Fechas clave

28 de julio de 2023
Publicado en el Diario Oficial
17 de agosto de 2023
En vigor
18 de febrero de 2024
Se aplican las disposiciones principales
20 de julio de 2026
Registro europeo de DPP operativo (Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1778) — donde se registran los pasaportes de baterías
16 de septiembre de 2026
La Decisión de Ejecución (UE) 2026/2048 publica la norma EN 18060:2025 (rendimiento y durabilidad de baterías de VE) como norma armonizada
T4 de 2026
Acto de ejecución sobre los derechos de acceso al pasaporte de baterías, en el calendario de la Comisión
18 de febrero de 2027
Pasaporte de baterías obligatorio: VE, transporte ligero, industriales > 2 kWh
18 de agosto de 2027
Se aplican las obligaciones de diligencia debida — aplazadas dos años por el Reglamento (UE) 2025/1561 de 18 de julio de 2025

Productos incluidos

Obligaciones por actor

Fabricante
Conformidad, etiquetado, huella de carbono, contenido reciclado, el pasaporte en sí (art. 38)
Proveedor de celdas/módulos
Facilitar al fabricante los datos que necesita el pasaporte (art. 39)
Importador
Verificar la conformidad y la presencia del pasaporte antes de introducirlo en el mercado (art. 41)
Distribuidor
Comprobar el etiquetado y la documentación antes de la venta (art. 42)
Grandes agentes
Política de diligencia debida sobre materias primas, verificada por un organismo notificado (arts. 48-51)

Documentos y pruebas que conservar

Sanciones y riesgos

Artículos clave

Texto oficial

Última verificación por Listrar: 22 de septiembre de 2026

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