Reglamento (UE) 2024/1781

ESPR — Diseño ecológico para productos sostenibles

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Resumen de Listrar

El ESPR es el marco del que pende el resto de la década. Sustituye a la antigua Directiva de diseño ecológico y permite a la Comisión fijar normas producto a producto — durabilidad, reparabilidad, contenido reciclado — mediante actos delegados, e inventa el Pasaporte Digital de Producto: un registro legible por máquinas que acompañará a la mayoría de los bienes físicos vendidos en la UE. El propio reglamento no nombra productos. Lo hacen los actos delegados, grupo por grupo — los textiles y los muebles figuran en el primer plan de trabajo, y ninguno tiene aún su acto — y por eso un registro debe poder absorber campos nuevos sin cambiar de plataforma.

¿A quién se aplica?

Principales obligaciones

Fechas clave

13 de junio de 2024
Adoptado
18 de julio de 2024
En vigor
16 de abril de 2025
Primer plan de trabajo: textiles, muebles, neumáticos, colchones, hierro y acero, aluminio
9 de febrero de 2026
Primer acto delegado ESPR adoptado: (UE) 2026/296, excepciones a la prohibición de destrucción, aplicable desde el 19 de julio de 2026. Todavía ningún acto por grupo de productos.
19 de julio de 2026
Prohibición de destruir textiles y calzado no vendidos — en vigor para las grandes empresas (medianas: 2030)
20 de julio de 2026
Registro europeo de DPP operativo — Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1778 de 16 de julio de 2026, en vigor el 6 de agosto de 2026
T4 de 2026
Hierro y acero: primer acto delegado por grupo de productos en el calendario de la Comisión (consulta pública cerrada el 12 de agosto de 2026)
T3–T4 de 2027 → 2029
Calendario de la Comisión: textiles, aluminio y neumáticos (T3–T4 de 2027), muebles (2028), colchones (2029) — cada acto se aplica como muy pronto 18 meses después de su entrada en vigor

Productos incluidos

Obligaciones por actor

Fabricante
Diseñar conforme al acto delegado, crear y mantener el pasaporte, inscribir su identificador, conservar la documentación técnica (art. 27)
Importador
Verificar que el pasaporte existe y es correcto antes de que el producto cruce la frontera (art. 29)
Distribuidor
Comprobar que el enlace al pasaporte está presente antes de comercializar el producto (art. 30)
Comerciante
Hacer accesible el pasaporte a los clientes en el punto de venta, también en línea (art. 31)
Marketplace
Garantizar que los anuncios llevan la referencia del pasaporte que exige su grupo de productos (art. 35)

Documentos y pruebas que conservar

Sanciones y riesgos

Artículos clave

Texto oficial

Última verificación por Listrar: 22 de septiembre de 2026

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